Mounstruoso racismo constitucional en el Perú


 


Increíble, pero cierto. El Tribunal Constitucional acaba de emitir la sentencia del Expediente Nro. 03066-2019-PA/TC en contra del derecho a la consulta previa de dos comunidades campesinas de Puno (Chila Chambilla y Chila Pucará) que pedían la nulidad de concesiones mineras otorgadas sobre sus territorios por no haberles consultado previamente. Como es sabido, de acuerdo al Convenio 169 de la OIT, los pueblos indígenas tienen el derecho a ser consultados sobre la ejecución de un proyecto extractivo dentro de los límites de sus territorios. Y según el artículo 55 de nuestra Constitución Política, los tratados que están en vigencia y firmados por el Perú, forman parte de nuestro ordenamiento jurídico.

 

Pero, el TC o mejor dicho tres señorones magistrados que se caracterizan por ser peones sumisos del orden neoliberal y de las grandes empresas (Ferrero Costa, Sardón de Taboada y Blume Fortini) una vez más han salido con las suyas. La sentencia en la que han ganado por ajustada votación declara que el derecho a la consulta previa no es un derecho fundamental y mucho menos un derecho constitucional.

 

La postura de estos tres encopetados y rancios racistas vulnera los derechos de los pueblos originarios y se constituye en un retroceso inadmisible. Es bueno recordar que esos tres magistrados se encuentran fuertemente vinculados con el fujimorismo y se encargan una y otra vez de tomar decisiones con una alta carga ideológica y política.

 

La población de bajos recursos que vota por el fujimorismo no se da cuenta que en el fondo vota por representantes de los intereses extractivistas, el gran capital, y la CONFIEP. Y como vemos los fujimoristas una vez en el poder, más allá de su prontuario de corrupción, mueven sus fichas para colocar técnicos y magistrados que sirvan a estos intereses. Eso es lo que sucede con estos tres chiflados de apellidos de abolengo que operan y atacan a mansalva contra nuestros pueblos originarios.

 

Para estos señorones blancoides y racistas incrustados en el TC, los tratados internacionales que defienden los derechos comunitarios de los pueblos indígenas no tienen valor, pero sí son de su agrado los tratados de libre comercio y los contratos con transnacionales. Resulta delirante que hasta la Defensoría del Pueblo se ha pronunciado en contra de esta sentencia anticonstitucional emitida por el órgano que precisamente vela por la constitucionalidad de las normas. Se impone el repudio y acciones directas ante instancias nacionales y supranacionales para anular esta monstruosidad racista.

 (Columna publicada en el diario Viral, 9-3-2022)

(Foto: Diario La República)

 

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